jueves, 9 de septiembre de 2021

MÉXICO DESPENALIZA EL ABORTO: ¿QUÉ PASARÁ AHORA EN LOS ESTADOS DEL PAÍS?

 

Redacción / Los tribunales pueden seguir juzgando a mujeres que aborten, pero no mandarlas a la cárcel.

La decisión de la Corte Suprema de despenalizar el aborto en México ha sido celebrada como la liberación de obstáculos que impulsará a los Estados que componen el país a legislar en consecuencia. Pero lo dictado por el tribunal no obliga al poder legislativo es decir, los Congresos Estatales a modificar sus Códigos Penales. 

Apenas Coahuila, el Estado sobre el que se presentó la cuestión de constitucionalidad, tendrá que intervenir sobre él, puesto que su artículo 196 ha quedado invalidado. El presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, abogó por sacar de ese Código Penal todo lo referente al aborto, pero no fue el caso.

La decisión de la Corte Suprema sienta jurisprudencia, pero eso solo significa que los jueces locales y federales deberán ceñirse a esa determinación. Y eso es así porque tras la última reforma del poder judicial basta con una resolución por mayoría calificada, ni siquiera unanimidad como la que se ha alcanzado en este caso, para que la jurisprudencia opere. Antes se precisaban cinco decisiones similares por unanimidad.

No habrá, por tanto, cárcel para las mujeres. O como señaló el ponente de la resolución, Luis María Aguilar, «se destierra la amenaza de la prisión sobre las mujeres y el estigma».
De esta forma, la interrupción libre del embarazo encuentra en los tribunales una amplia permisividad que no es tal en la mayoría de las leyes estatales. 

Esa diferencia no libra a las mujeres a transitar por un proceso jurídico, aunque sepan que lo van a ganar. Y en México los avances están llegando día con día, si bien más lentos de lo que desearían millones de mujeres. «Es similiar a lo que ha pasado con el matrimonio del mismo sexo, que tienen que presentar amparos para poder casarse. 

Lo que ocurre en estos casos es que los Estados pueden mirar para otro lado y no perseguir estos delitos, porque saben que acabarán en amparos que ganarán los demandantes porque ahora invocarán el derecho humano sobre el que ha sentenciado la Corte», explica el ministro en retiro del Tribunal José Ramón Cossío.

Los partidos que quieren promover cambios en las legislaciones locales encontrarán un obstáculo añadido. No pueden presentar una causa de inconstitucionalidad sobre la ley, puesto que eso solo puede hacerse en los 30 días siguientes a ser aprobada.





FUENTE: EL PAÍS 





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