Aforma que hay alta efectividad del organismo.
TLX Noticias / Redacción.- Al rendir su primer
informe de labores al frente del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET),
el magistrado presidente Hugo Morales Alanís afirmó que el organismo
autónomo logró desempeñar la función jurisdiccional electoral de manera
satisfactoria, sobre todo porque de un total de 352 medios de
impugnación resueltos, 142 fueron impugnados ante el Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), de los cuales sólo 24
fueron revocados y 103 fueron confirmados o desechados y 15 quedan por
resolver.
Lo anterior, dijo, representa un alto
grado de efectividad del TET y evidencia que sus decisiones
jurisdiccionales fueron apegadas a derecho, respetadas por la sociedad
y, principalmente, otorgaron certeza jurídica al proceso electoral
2015-2016, que culminó con la elección de gobernador, diputados e
integrantes de ayuntamientos.
Además, Morales Alanís resaltó que el
TET abordó el estudio de temas novedosos, tales como la paridad de
género en la postulación de candidaturas, la elección de candidatos
independientes y la participación de indígenas en el proceso electoral,
entre otros.
Lo anterior, sin dejar de lado las
actividades administrativas, de capacitación y de transparencia, lo
mismo que tuvo una participación activa y decisiva en la prevención de
delitos electorales y la incorporación de la perspectiva de género,
firmando sendos convenios de colaboración con instituciones locales y
federales.
Sin embargo, reconoció que aún queda por
mejorar, innovar e impulsar el funcionamiento del órgano constitucional
autónomo, “con el ánimo y la decisión de impartir justicia electoral
debidamente fundada y motivada, así como sembrar en la sociedad certeza
jurídica y una cultura democrática, para cultivar en un futuro inmediato
la confianza de la sociedad en el desarrollo de los procesos
electorales de sus autoridades”.
Entre los temas relevantes resueltos por
el TET, el magistrado presidente destacó la competencia para conocer de
quejas y denuncias por propaganda en internet, después de que en
acuerdo plenario de 6 de abril de 2016, el Pleno se declaró incompetente
para conocer y resolver el procedimiento especial sancionador número
37/2016.
En ese sentido, recordó que se dio vista
al Secretario Ejecutivo del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE)
para presentar la denuncia correspondiente ante el órgano competente de
ese Instituto y, consecuentemente, declaró nulo lo actuado por el
instituto electoral local.
Posteriormente, el Titular de la Unidad
Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral
(INE) determinó remitir los autos del expediente a la Sala Regional
Especializada del TEPJF, a fin de que determinara lo que en derecho
correspondiera, y ésta, a su vez, solicitó la intervención de la Salara
Superior para que definiera la autoridad competente para conocer de los
hechos denunciados.
Derivado de lo anterior, la Sala
Superior emitió la tesis XLIII/2016, en la que medularmente establece
que corresponde a la autoridad local sustanciar una queja e investigar
sobre la presunta comisión de actos anticipados de campaña y la
violación al principio de imparcialidad por la transmisión de propaganda
en internet, así como imponer la sanción correspondiente, cuando incida
en un proceso electoral local, y no en uno de índole federal.
También destacó la resolución del
expediente relativo al juicio para protección de los derechos
político-electorales del ciudadano 336/2016, el 12 de septiembre de
2016, en el que Pleno del TET declaró acreditada la existencia de una
“omisión legislativa relativa” por parte del Congreso del Estado, en el
sentido de garantizar el ejercicio real y efectivo de participación y
representación de las personas indígenas en los ayuntamientos, por lo
cual dio vista a los diputados para que en ejercicio de su libertad de
configuración legislativa garanticen el ejercicio de esos derechos.
Y es que los magistrados sostuvieron que
se necesita establecer en Tlaxcala un sistema integral que incluya
mecanismos que faciliten y permitan el acceso real y efectivo de las
personas integrantes de los pueblos y comunidades indígenas a los cargos
de representación popular, particularmente a elegir representantes ante
los ayuntamientos.
Cabe destacar que los magistrados José
Lumbreras García y Luis Manuel Muñoz Cuahutle reconocieron la labor
realizada por el magistrado Hugo Morales Alanís en la presidencia del
TET y avalaron las acciones realizadas por el organismo en menos de un
año de haber entrado en funciones jurisdiccionales.
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